Vías Bolivia aclara denuncias por  supuestas “sanciones indebidas” en procesos de control de pesos y dimensiones.

 

 

Ante las denuncias por supuestas sanciones indebidas en los procesos de verificación de pesos y dimensiones vehiculares, Vías Bolivia aclara e informa a la población boliviana que todas las actividades y controles que realiza se amparan en la Ley N° 441, la cual le faculta  efectuar el control de posibles sobrepesos y sobredimensiones de los vehículos que transportan carga por la Red Vial Fundamental (RVF), y asimismo aplicar las multas en caso de infracción.

 

Con relación a las observaciones de diferencias entre el peso de origen de la carga (manifiesto) y el peso que se establece en las balanzas que administramos, cabe precisar que una de las principales problemáticas que genera este fenómeno, es que muchos chóferes, para incrementar sus ingresos económicos, recogen carga en el camino, la cual es transportada entre diversos tramos de la RVF, ante tal hecho, es razonable que los vehículos lleguen a las estaciones de control con mayor peso del declarado en sus puntos de salida.

 

Sobre el tema anterior, resaltar que el informe de la Contraloría General del Estado EX/OP16/S14-01, identifica que el transporte con sobrepeso por los tramos de la Red Vial Fundamental de carreteras, es uno de los principales factores para el deterioro prematuro de la misma.  En este sentido el monto de las multas es proporcional al daño ocasionado por el vehículo con sobrecarga a la vía asfaltada.

 

Para concluir, expresar que la finalidad de la Ley 441, es la preservación y la conservación de la RVF, y no así la recaudación, por ello las actividades que realizamos, tanto de control como de sanción, apuntan a este fin y en ningún caso responden a un capricho institucional fuera de lo racional y legal.

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